6. Avance histórico en la Seguridad Social de Largo Plazo en Bolivia
Como Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros – #APS, nos complace informar que, en un trabajo conjunto y en estricto cumplimiento de la Ley N° 065 de Pensiones, el Presidente Constitucional del Estado Plurinacional de Bolivia, Lic. Rodrigo Paz Pereira, ha promulgado y publicado oficialmente el Decreto Supremo N° 5643.
Este decreto marca un hito fundamental para el Sistema Integral de Pensiones (SIP) al aprobar e implementar el nuevo Manual Único de Calificación, compuesto por el Manual de Normas de Evaluación y Calificación del Grado de Invalidez (MANECGI) y la Lista de Enfermedades Profesionales (LEP), que fue trabajado sumando capacidades con la Autoridad de Supervisión de la Seguridad Social de Corto Plazo (ASUSS), la Gestora Pública y el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.
A través de esta normativa, la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS asume nuevas e importantes responsabilidades en beneficio de los asegurados:
• Garantía técnica y médica: Se unifican los criterios técnico-médicos para la calificación de siniestros por invalidez y muerte, asegurando dictámenes más consistentes, justos y transparentes.
• Creación del Registro de Médicos Calificadores: La APS administrará y regulará este nuevo registro, asegurando que sólo profesionales debidamente capacitados, evaluados y habilitados emitan los dictámenes de invalidez y muerte.
• Modernización de procesos: Se aprueban nuevos formatos e instructivos oficiales para los formularios de dictamen de calificación.
En la APS asumimos el firme compromiso de emitir la normativa regulatoria necesaria en un plazo máximo de 120 días calendario para la total implementación de este Decreto, garantizando una transición ordenada para los profesionales médicos y resguardando siempre los derechos de las y los asegurados del país.
¡El documento ya está publicado! Puedes consultar el texto completo en la Gaceta Oficial de Bolivia.